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Tribunal Administrativo niega suspensión provisional de restricción a los motociclistas. Acepta la demanda de la Personera sin medidas cautelares.

Tribunal Administrativo niega suspensión provisional de restricción a los motociclistas. Acepta la demanda de la Personera sin medidas cautelares.

Villavicencio…   La Sala de Decisión del Tribunal Administrativo del Meta, negó la suspensión provisional del decreto 102 de este año expedido por el alcalde Héctor Raúl Franco Roa, relacionado con la unificación de medidas de orden público sobre la circulación de motocicletas en la jurisdicción de Villavicencio, acto que fue impetrado por la Personera Yineth Mairena Ladino.

El Tribunal, aceptó la demanda del Ministerio Público, sin medidas cautelares mientras surte el análisis jurídico y se produce un fallo de fondo.

La accionante sustentó la demanda en el artículo 152 del Código Contencioso Administrativo y solicitó la suspensión de dicho decreto por considerar que existe manifiesta infracción a las disposiciones invocadas en su demanda y porque es incompetente el órgano que expidió el acto.

Como se recuerda, el acto administrativo demandado restringe la circulación de motocicletas, motociclos y mototriciclos en la jurisdicción de Villavicencio entre las 11:00 de la noche y las 5:00 de la madrugada del día siguiente, los días viernes, sábado, domingo y días festivos.

Esta medida sigue vigente junto con el porte de chalecos y la prohibición del parrillero hombre.

 

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